Estimado/a socio/a:
En el 2023 salió publicada en el DOG la orden por la que se declara de Utilidad Pública a nuestra asociación. Con esta declaración se reconoce oficialmente que los fines que promovemos son considerados de interés general.
Una vez conseguido este reconocimiento queremos informarle de los beneficios fiscales a los que se podrá acoger por ser uno/a de nuestros socios/as. Tanto las personas físicas como las jurídicas tendrán unas ventajas fiscales que están enmarcadas dentro de la “Ley 49/2002 de fecha 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo”. El Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, con efecto desde el 1 de enero, modifica las deducciones en el IRPF quedando de la siguiente manera:
Personas físicas |
Hasta 250 € | |||
Resto que exceda los 250 € | |||
– Con carácter general | |||
– Donación plurianual*
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Desgravación en el IRPF
80 % | |||
– | |||
40 % | |||
45 %
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" La desgravación por donación plurianual se aplica si durante los dos períodos impositivos anteriores al del ejercicio de la declaración, se ha realizado una donación a Bicos de Papel por el mismo o superior importe en cada uno de dichos ejercicios."
Para emitir el certificado de sus donaciones anuales es importantísimo que actualicemos sus datos y por ello le adjuntamos una nueva ficha de socio. Le pedimos que cubra todos los apartados y nos la devuelva debidamente firmada.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo
Milagros Martínez Cabaleiro
Presidenta